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Día del trabajo; sin IMSS empleadas domésticas de Saltillo 1 de mayo de 2012 Fuente: Vanguardia Según información del INEGI, correspondiente al cuarto trimestre de 2009, a nivel nacional existe un millón 981 mil 755 trabajadores domésticos, de los cuales están asegurados en forma voluntaria al Seguro Social sólo mil 889, es decir, el .09 por ciento. Respecto a Coahuila, el total de trabajadores domésticos es de 44 mil 176 y sólo 106 están afiliados en forma voluntaria al Seguro Social. El porcentaje de estos trabajadores con Seguro Social es de 0.23%. Lo anterior forma parte del punto de acuerdo que presentó el entonces diputado Loth Tipa Mota Nataraem, de la anterior Legislatura del Congreso del Estado, sobre la solicitud de revisión de la normatividad aplicable a los trabajadores domésticos con relación a la obligación del patrón de inscribirlos a los servicios de seguridad social. Incluso se solicitó al Congreso de la Unión que analice la conveniencia de sujetar al régimen obligatorio del Seguro Social a los trabajadores domésticos. Sin avance El punto de acuerdo fue presentado en la sesión del Congreso del Estado del 10 de marzo de 2010, sin embargo, hasta la fecha no hay avance alguno al respecto. En esa ocasión, el legislador Loth Tipa Mota Nataraem expuso que los trabajadores domésticos son aquellos que prestan servicios de aseo, asistencia y demás, propios o inherentes al hogar de una persona o familia. En su regulación, se establecen normas aplicables sólo a ellos por tratarse de un trabajo especial. Obligaciones Entre las particularidades, apuntó, está la relativa a la exención de la obligación del patrón a inscribirlos en el Seguro Social. Esto se infiere de las disposiciones tanto de la Ley Federal del Trabajo como de la Ley del Instituto del Seguro Social. Además, dijo que la primera obliga a los patrones respecto de enfermedades que no sean de trabajo, a pagar al trabajador doméstico el salario que le corresponda hasta por un mes; si la enfermedad no es crónica, a proporcionarle asistencia médica en tanto se logra su curación o se hace cargo del trabajador algún servicio asistencial, y si la enfermedad es crónica y el trabajador ha prestado sus servicios durante seis meses por lo menos, a proporcionarle asistencia médica hasta por tres meses. Igualmente se establece que en caso de muerte, los gastos del sepelio correrían a cargo del patrón. Tratándose de enfermedad de trabajo, aplican las normas de riesgos del trabajo, en términos del artículo 472 de la Ley Federal del Trabajo, señaló. Más adelante, recordó que la Ley del Seguro Social, establece que los trabajadores domésticos podrán voluntariamente ser sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio. Ante esta situación, sería conveniente que la 59 Legislatura del Congreso del Estado retomara el punto de acuerdo del diputado Loth Tipa Mota Nataraem para que el Congreso de la Unión lo analice y dictamine para proteger legalmente a los trabajadores domésticos. En cuanto al Infonavit, ya depende del patrón si quiere apoyar a su empleada doméstica, pues este sector laboral también tiene derecho a adquirir una vivienda , aunque depende de la buena voluntad del empleador. |